Publicado el nuevo Decreto de piscinas de la Comunidad de Madrid
En fecha 31.10.2024 se ha publicado el nuevo decreto autonómico de la Comunidad de Madrid, relativo a piscinas y parques acuáticos, en el que ASOFAP participó aportando múltiples propuesta para fomentar las buenas prácticas profesionales y tener piscinas e instalaciones acuáticas más seguras y optimizadas.
El nuevo DECRETO 99/2024, de 30 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios técnicos e higiénico-sanitarios de las piscinas y parques acuáticos de la Comunidad de Madrid pasa a ser la referencia legal en este asunto en la Comunidad de Madrid, y los profesionales deberán seguirlo debidamente.
Recordamos que el nuevo texto autonómico también afecta a las de aquellos recintos, como hoteles, que las ofrezcan como servicio suplementario; las terapéuticas de centros sanitarios; los vasos de hidromasaje y los parques acuáticos.
El objetivo fundamental de la Comunidad de Madrid con este Decreto es minimizar los riesgos para la salud, en relación con la calidad del agua y del ambiente interior, así como los de exposición a riesgos físicos, químicos y biológicos, en este último caso, con especial atención a la bacteria de la legionela.
El texto unifica toda la legislación sobre la materia y la adapta a la legislación estatal. Además, supone una actualización en relación con cambios que se han producido en los últimos años, tales como la simplificación de los trámites ante la Administración; las mejoras en el tratamiento de aguas o las nuevas modalidades de ocio vinculadas a este tipo de actividades.
De esta manera, entre las novedades se encuentra, para las piscinas de nueva construcción o las obras de reforma, la sustitución de la autorización sanitaria de funcionamiento por una declaración responsable.
El Decreto establece que el agua podrá ser conservada durante el periodo de cierre de estas instalaciones, siempre que se la someta a un proceso que garantice los criterios de calidad legales en el momento de la apertura.
Además, se regula específicamente, en función de cada caso, la obligatoriedad de la presencia de socorristas, personal sanitario, material de rescate, servicio de ambulancias o monitores.
Desde ASOFAP consideramos que la nueva ley, si bien es un avance, por ejemplo en lo que al impulso del mantenimiento de las piscinas durante todo el año, queda muy corto ante el estado de la técnica sectorial. ASOFAP transmitió a la Consejería de Sanidad la conveniencia de aprovechar este cambio legal para incorporar requerimientos técnicos vinculados a la seguridad más allá de los que afectan exclusivamente a la calidad del agua, que no han sido introducidos. Esperamos que en un futuro próximo queden contemplados, debido a que favorecerían la seguridad y la eficiencia de las piscinas y los parques acuáticos.
Puedes consultar el nuevo decreto aquí.
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