NUEVO CONVENIO COLECTIVO PARA LAS EMPRESAS DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE INSTALACIONES ACUÁTICAS

8.9.2014

El Boletín Oficial del Estado (BOE) hizo público el pasado 19 de agosto el Convenio Colectivo General del Sector de Mantenimiento y Conservación de Instalaciones Acuáticas, firmado por la Asociación de Fabricantes, Distribuidores, Mantenedores de Equipos, Productos Químicos, Constructores de Piscinas e Instalaciones Deportivas (ASOFAP), en representación de las empresas del sector, y por la Federación de Servicios Privados de Comisiones Obreras, como sindicato en representación de los trabajadores.

Este convenio establece las normas mínimas por las que se han de regirse las relaciones de trabajo entre las empresas cuya actividad principal consista en el mantenimiento y la conservación de instalaciones acuáticas, por encargo de terceros, y los empleados de estas para realizar única y exclusivamente dicho servicio. No obstante, quedan específicamente excluidos del ámbito de aplicación aquellas empresas y trabajadores cuya actividad se desarrolle en parques acuáticos, polideportivos e instalaciones municipales, así como aquellas otras cuya actividad no sea de forma específica y especializada la descrita anteriormente.

ASOFAP ha valorado "muy positivamente" este acuerdo alcanzado entre empresarios y trabajadores, según Javier Forés, vicepresidente primero de la asociación, ya que "el último convenio que se había formado era de 2007 y con una vigencia hasta el año 2009, por lo que llevábamos 4 años gestionando este nuevo, aunque el primero data del año 2002".

Los distintos capítulos del convenio hacen referencia a la vigencia, duración, prórroga y denuncia, a los deberes del empresario, al régimen y organización de trabajo, a los derechos de los trabajadores, las funciones de cada puesto de trabajo, asuntos de ascensos, ceses y jubilaciones, tipos de contratación, salarios, pagas y complementos, jornada laboral, horarios, vacaciones y permisos, salud laboral, régimen disciplinario y derechos sindicales. Para ASOFAP, los aspectos más significativos de este convenio son dos. Por un lado, "el cambio y modificación del ámbito funcional, que obliga a todas las empresas a nivel nacional y cuya actividad principal es el mantenimiento y conservación de instalaciones acuáticas por encargo de terceros a regirse por este convenio". Es decir, cualquier tipo de empresa que vaya a dedicarse al mantenimiento de instalaciones acuáticas tendrá obligatoriamente que regirse y aplicar este convenio. Y, por el otro, "que se ha procedido a cambiar por grupos la clasificación del personal que presta sus servicios en las instalaciones".

Para Forés, el nuevo convenio también "es muy importante para el empresariado del sector del mantenimiento y conservación de instalaciones acuáticas, ya que su actualización evita, con los tiempos que corren actualmente, el intrusismo en el sector y permite profesionalizarlo aún más si cabe dentro de los límites que nos permite el Estatuto de los Trabajadores". En este sentido, y al ser un convenio que se viene negociando en sus inicios desde el año 2002, tampoco han surgido grandes dificultades en la negociación con los sindicatos. Para Forés, "el contenido del convenio poco ha variado y, simplemente, los puntos más críticos han surgido en las tablas salariales y en los aumentos para los siguientes años".

La vigencia del convenio se establece por un período de tres años, es decir, del 1 de enero del 2014 al 31 de diciembre del 2016, y se prorrogará anualmente en sus propios términos hasta la entrada en vigor de uno nuevo.

ASOFAP les ofrece la descarga del Convenio Colectivo General del Sector de Mantenimiento y Conservación de Instalaciones Acuáticas y las tablas salariales para el año 2014.