EL CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL
10/10/2016 – La Asociación Española de Profesionales del Sector Piscinas (ASOFAP) ha publicado el número 10 de las Píldoras Formativas, el nuevo servicio en exclusiva para los asociados durante este año 2016, y que ya puede consultarse y descargarse en la zona privada de la web de ASOFAP. Se trata del artículo titulado 'El convenio colectivo sectorial', en el que, ante tan alto número de convenios colectivos generales en nuestro país que pueden relacionarse con las piscinas (el de hoteles, el de las administraciones públicas en caso de piscinas de gestión municipal...), ASOFAP recomienda adecuarse al convenio colectivo general de mantenimiento y conservación de instalaciones acuáticas (teniendo en cuenta siempre sus excepciones). Esta problemática se debe a que existen varias categorías laborales parecidas para un mismo servicio entre convenios vigentes. Y para que no quede lugar a dudas, ASOFAP insiste en que para aplicar correctamente un convenio se deben consultar los artículos de ámbito de aplicación territorial y de ámbito de aplicación funcional.
Recuerden que las Píldoras Formativas es una nueva acción de conocimiento, divulgación y formación dirigido a los profesionales del sector de la piscina asociados a ASOFAP, y que consiste en facilitar un conjunto de artículos formativos e informativos sobre diferentes aspectos de la industria de la piscina: normativos, técnicos (tratamiento químico, medios filtrantes, automatización, eficiencia energética...), constructivos y de gestión (marketing, puntos de venta...).
Se reproduce a continuación el inicio del décimo artículo publicado en la zona privada de la web de ASOFAP, bajo el título de ''El convenio colectivo sectorial':
"En España, desde hace ya bastante tiempo, se ha observado que existen varios convenios colectivos vigentes, muchos de ellos a nivel estatal, que parecen que se solapan entre unos y otros. Todo ello es debido a que existen varias categorías laborales parecidas para un mismo servicio entre convenios vigentes, pero esa categoría no tiene nada que ver si se desarrolla en un hotel, en parques acuáticos, en centros sanitarios, en gimnasios o en balnearios, entre otros establecimientos con posibilidad de disponer de piscina. Desde ASOFAP se recomienda que, dependiendo del sector y servicio en que se desarrolla la categoría laboral, hay que tener en cuenta la correcta aplicación de los convenios vigentes [...] Para poder aplicar un correcto convenio vigente siempre se deben localizar...".
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